Portada Destacadas Pepca pide al tribunal coherencia procesal y rechazar extinción del caso del exprocurador Jean Alain

Pepca pide al tribunal coherencia procesal y rechazar extinción del caso del exprocurador Jean Alain

Por: Fuente Externa

El Ministerio Público solicitó al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la solicitud de extinción de la acción penal en el caso de presunta corrupción que se le sigue al exprocurador general Jean Alain Rodríguez y mantener su propio criterio cuando denegó la misma petición en el caso de los hermanos Alexis y Carmen Magalys Medina Sánchez.

La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, le recordó al Segundo Tribunal Colegiado su rechazo a declarar extinguido el proceso contra los hermanos Medina Sánchez, a pesar de que el expediente superaba los cuatro años.

Ortiz subrayó que un criterio similar fue aplicado recientemente por el Primer Tribunal Colegiado en el caso del mayor general Adán Cáceres Silvestre y otros militares, cuya duración ya excedía los cinco años.

Sostuvo, además, que las diferentes salas de la corte, instancias superiores, y el mismo Tribunal Constitucional ya han establecido que al momento de valorar el plazo máximo de los procesos penales «se debe tomar en cuenta la complejidad del caso previamente declarada por un juez competente, las conductas de las partes frente al proceso y la negligencia o efectividad de las autoridades«.

En ese sentido, Ortiz afirmó que la actuación del Ministerio Público no merece una sanción o el castigo por ese caso, de acogerse la solicitud de Rodríguez de cesar la acción penal en su contra.

Asimismo, citó la declaratoria de complejidad del expediente contra Rodríguez y demás acusados, a través de la resolución que impuso la medida de coerción a los procesados en el 2021.

La directora de la Pepca agotó su turno de réplica a los planteamientos de la defensa del exfuncionario, que insiste en que la persecución ya superó el tiempo máximo de los cuatro años que establece el Código Procesal Penal, al sobrepasar el lustro.

Artículos relacionados

Dejar un comentario